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Estatuto de Profesores

El Estatuto de Profesores de la Escuela tiene los siguientes objetivos generales:

 

 

Organización y administración del personal docente. Forma de selección, vinculación, evaluación, capacitación, derechos y deberes, estímulos e incentivos.

La Escuela cuenta con políticas y normas para la selección y vinculación del profesorado de planta y de cátedra, consignadas en el Estatuto de Profesores, en el cual se establece que la vinculación del personal de profesores de la Escuela se hará por concurso. Por ello, a partir del año 2005 el Consejo Directivo determinó que la selección de profesores se llevaría a cabo mediante convocatorias. El procedimiento vigente (Consejo Directivo, acta 236 de 2013) se describe a continuación:

 

1. Convocatorias.

2. Captura de hojas de vida de los participantes.

3. Comité de selección de la unidad académica.

4. Selección de las hojas de vida.

5. Entrevista con el Comité.

6. Nombramiento.

7. Contratación del profesor.

8. Seguimiento.

9. Categorización.

 

Los profesores de planta son aquellos con dedicación igual o superior a medio tiempo y los profesores de cátedra son aquellos cuya actividad en la Escuela se limita principalmente a las horas de clase en las asignaturas a su cargo y a las derivadas de la misma.

 

De acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Profesores, la categorización del profesor se constituye en un derecho. Para dar cumplimiento a este precepto, el Comité de Ordenamiento Profesoral se reunirá hacia el final de cada semestre para considerar la información suministrada por la Vicerrectoría Académica con respecto a la categorización del profesor. El Comité de Ordenamiento Profesoral hará la recomendación al Consejo Directivo quién aprobará o improbará.

 

Para la selección y vinculación de los profesores, la Escuela tiene en cuenta el perfil del profesor indicado en el Proyecto Educativo Institucional. En especial, se valora la sólida y actualizada formación académica que posea el candidato y su profundo sentido de la ética personal y social.

 

La evaluación de cada profesor se hace con base en su calidad humana, el rendimiento de su trabajo y la productividad del mismo para la Escuela. Su rendimiento y productividad se evalúan con base en los siguientes factores concretos de su trabajo: actitud y proceder, desempeño docente, actividades de investigación, dirección académica, administración y prestación de servicios y publicaciones (artículos y libros).

 

El Estatuto ha sido complementado con políticas y procedimientos adicionales, relacionados con el Comité de Ordenamiento Profesoral, participación democrática en los Órganos de Dirección de la institución, Políticas Institucionales de Evaluación, estímulos dentro de los que se establecen los lineamientos para capacitación de profesores en el exterior, la exención de derechos de matrícula y la participación económica en contratos de servicios y, la política de contratación de pensionados. El Estatuto y sus complementos se encuentran publicados en un único documento.

 

Por otra parte, la Escuela siempre ha estado interesada en buscar la excelencia académica. Por ello desde 1991, en el marco de sus procesos de autoevaluación, aplica semestralmente una encuesta a los estudiantes. A partir del 2004-1 se inició la aplicación de la “Política para la evaluación del desempeño de los profesores”. De acuerdo con dicha Política esta evaluación se orienta por los siguientes presupuestos:

 

 

El resultado integral de la evaluación es conocido por el profesor y conduce a que, en su plan de trabajo del siguiente período académico, además de los compromisos que le corresponden, incluya otros conducentes al mejoramiento de su calidad en los aspectos considerados insuficientes y sobre los cuales debe mostrar evidencias de avance.